Código ESNNA
Nuestro compromiso contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo
COMPROMISO CONTRA LA ESNNA
Protegemos a la niñez en cada viaje
En Sakura Expedition suscribimos el Código de Conducta contra la ESNNA, aprobado por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (MINCETUR).
Aplicamos tolerancia cero a la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el turismo. Es una condición de trabajo para todo nuestro equipo, nuestros guías y cada proveedor con el que operamos.

Tolerancia cero
La explotación sexual de niñas, niños y adolescentes no tiene lugar en el turismo. En el Perú es un delito.
¿Qué es la ESNNA?
ESNNA significa Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes. Ocurre cuando se utiliza el cuerpo de una persona menor de 18 años con fines sexuales, eróticos o pornográficos a cambio de dinero, de una promesa de pago o de cualquier otro beneficio: comida, ropa, alojamiento, un celular o un favor.
Es una forma de violencia sexual y una vulneración grave de derechos fundamentales. En el Perú es un delito, y quien lo comete o lo facilita enfrenta penas privativas de la libertad.
En Sakura Expedition declaramos que:
Cómo cumplimos este compromiso
Marco legal
- Ley N.° 29408, Ley General de Turismo, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N.° 003-2010-MINCETUR. Establece la competencia del MINCETUR para prevenir y combatir la ESNNA en el turismo (art. 44 de la Ley), la posibilidad de suscribir códigos de conducta (art. 41 del Reglamento) y la obligación de los prestadores de comunicar y difundir las normas sobre prevención y sanción de la ESNNA (art. 43 de la Ley).
- Resolución Ministerial N.° 430-2018-MINCETUR. Aprueba el «Código de Conducta contra la Explotación Sexual de Niñas, Niños y Adolescentes (ESNNA) en el Ámbito del Turismo para Prestadores de Servicios Turísticos» y la Declaración Jurada de suscripción obligatoria.
- Ley N.° 30802. Establece condiciones para el ingreso de niñas, niños y adolescentes a establecimientos de hospedaje, con el fin de garantizar su protección e integridad.
- Ley N.° 30963. Modifica el Código Penal en cuanto a las sanciones del delito de explotación sexual en sus diversas modalidades y delitos conexos, con especial énfasis en la protección de niñas, niños, adolescentes y mujeres.
- Ley N.° 28251. Incorpora al Código Penal los delitos de usuario-cliente y de explotación sexual de niñas, niños y adolescentes en el ámbito del turismo.
- Convención sobre los Derechos del Niño (ONU) y Código Ético Mundial para el Turismo (OMT).
El turismo que queremos
Viajar por Cusco y el Perú debe dejar un impacto positivo en las personas, las comunidades y los lugares que visitamos. Creemos en un turismo responsable, respetuoso y comprometido con la protección de quienes forman parte de nuestro destino, especialmente de niñas, niños y adolescentes.
Cualquier forma de explotación o violencia contra ellos no tiene cabida en el turismo. No es una experiencia ni una práctica cultural: es un delito.
Este compromiso no depende de una inspección ni de una certificación. En Sakura Expedition lo asumimos cada día, en cada servicio que ofrecemos y en cada decisión que tomamos como empresa.